La Justicia ordenó suspender la transformación del Banco de la Nación Argentina en una sociedad anónima.
El juez Alejo Ramos Padilla hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación Bancaria, y frenó los efectos del decreto del Ejecutivo por al menos seis meses.
¿Qué establece el fallo? En la resolución el magistrado argumentó que cualquier cambio en la naturaleza jurídica del banco debe realizarse a través del Congreso, ya que se trata de una entidad autárquica creada por ley.
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El decreto, publicado por el Gobierno el 19 de febrero de 2025, pretendía modificar la estructura jurídica del Banco Nación, convirtiéndolo en una sociedad anónima bajo la órbita del Ministerio de Economía.
El conflicto se remonta a junio de 2024, cuando la Asociación Bancaria y otros actores iniciaron una demanda para declarar la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución 348 del Directorio del Banco Nación y del Decreto 70/2023, los cuales apuntaban a la posible privatización de la entidad.
En ese momento, el juez Ramos Padilla ya había determinado que la modificación de la estructura del banco era una potestad exclusiva del Congreso Nacional.
Pese a esta decisión judicial previa, el Gobierno publicó el Decreto 116/2025 con el objetivo de transformar el banco en sociedad anónima, justificando la medida como una estrategia para ampliar el fondeo y aumentar los préstamos para pequeñas y medianas empresas (PyMEs) y familias. Según el decreto, el Estado Nacional sería el accionista mayoritario con el 99,9% del capital social, mientras que la Fundación Banco de la Nación Argentina tendría el 0,1%.