Una reciente medida del gobierno uruguayo obliga a empresas de plataformas digitales como PedidosYa, Uber o Cabify a ofrecer instalaciones con baños, zonas de descanso, comedores y estacionamiento para repartidores y choferes, sin importar si están contratados como trabajadores dependientes o si operan como autónomos.
La decisión, que ya genera impacto en Montevideo, podría servir de precedente para su implementación en Argentina, donde se acumulan reclamos similares por parte de vecinos y trabajadores en torno a la falta de condiciones básicas durante las jornadas laborales.
Qué dice la nueva normativa para plataformas digitales en Uruguay
La nueva normativa fue oficializada mediante decreto, y establece que las compañías deben garantizar espacios físicos adecuados para el resguardo, la higiene y la alimentación de quienes prestan servicios en sus plataformas. Además, detalla los criterios para determinar si existe relación de dependencia, más allá de lo que estipule un contrato.
En concreto, el decreto establece que «las empresas deberán ofrecer: servicios higiénicos, zonas de resguardo personal, espacios para alimentación y áreas de estacionamiento» para los vehículos utilizados, «cuando correspondiere». Esta obligación también se aplica a los trabajadores autónomos, salvo que existan acuerdos alternativos que resulten más beneficiosos para el prestador.
Antes de que se aprobara esta norma, PedidosYa ya había iniciado conversaciones con la Intendencia de Montevideo para avanzar en un proyecto con objetivos similares. En diálogo con el diario uruguayo El Observador, ejecutivos de la empresa explicaron en junio que «estaban desarrollando, junto al gobierno departamental, un plan para instalar locales en zonas de alta densidad de repartidores, donde estos puedan ‘descansar, limpiar su mochila, ir al baño, y comer si quisieran hacerlo’».
En esa línea, la compañía presentó una propuesta a la intendencia y aguarda su aprobación para lanzar una prueba piloto. Según adelantaron, «los locales deberán tener capacidad para hasta 30 repartidores en simultáneo, con la correspondiente cantidad de plazas de estacionamiento, baños y comedores», aunque todavía se están definiendo aspectos técnicos y ubicaciones.
PedidosYa, Uber y Cabify: debate sobre el vínculo laboral
Uno de los puntos centrales del decreto uruguayo es la definición de la relación laboral entre plataformas y trabajadores. El texto aclara que la misma puede ser dependiente o autónoma, pero remarca que «para la efectiva determinación de la calificación jurídica del vínculo contractual se tendrán en cuenta los hechos relativos a la ejecución del trabajo y la remuneración del trabajador».
El artículo 2° también especifica que esta evaluación se hará «sin perjuicio de la manera en que se caracterice la relación en cualquier arreglo contrario, ya sea de carácter contractual o de otra naturaleza», es decir, que lo firmado no tiene peso absoluto frente a la realidad de los hechos. En caso de conflicto, se deberán aplicar los criterios establecidos por la Recomendación N° 198 de la OIT.
La regulación también aborda la forma de pago en estas plataformas. El trabajo podrá abonarse por hora, por envío o por entrega, pero en todos los casos se debe garantizar una retribución proporcional al salario mínimo nacional. Además, se prohíbe que las empresas realicen descuentos por riesgos inherentes a la actividad, como daños o accidentes.
Para los trabajadores en relación de dependencia, se fijó un tope de 48 horas semanales por empresa.
La norma también exige que las plataformas cuenten con sede o domicilio legal en Uruguay y lleven un registro de toda la actividad laboral: logueos, pausas, entregas, ubicación vía GPS, etc. En caso de accidentes laborales, estos datos deberán ser entregados al Banco de Seguros del Estado (BSE) en un plazo máximo de 72 horas.